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Asamblea Nacional entra a definir las reformas al COIP en medio de polémicas propuestas legislativas

Legisladores cuestionan las propuestas que modifican el recurso de revisión penal y el acceso a información reservada sobre indagaciones previas.

 

La Asamblea Nacional se instalará este 15 de febrero, a partir de las 10:00, para conocer, discutir y aprobar un paquete de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que a más de endurecer penas para delitos graves, pone a debate un cambio para aplicar el recurso de revisión y también la posibilidad de que el Parlamento conozca información reservada de las indagaciones previas que realiza la Fiscalía General del Estado.

Son 86 reformas que se aplica al COIP en un informe elaborado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado que compiló 47 proyectos que planteaban reformas en el área de penas y procedimientos con el fin de brindar herramientas a la justicia para enfrentar las acciones del narcotráfico y delincuencia organizada.

Pero en medio del análisis del informe hay dos temas que preocupan a los legisladores referentes a nuevas causales para acceder a un recurso de revisión penal y además, en uso a la atribución de fiscalización la Asamblea Nacional pueda acceder a información reservada, en cualquier momento, sobre las investigaciones que realiza la Fiscalía.

El asambleísta de la bancada Construye, Jorge Peñafiel, resaltó que en las reformas al COIP, existen cosas buenas y también cosas malas; en el primer caso, se refieren al endurecimiento de penas, la tipificación de nuevos delitos, la eliminación de beneficios penitenciarios para los delincuentes y la declaración de imprescriptibilidad de ciertos delitos.

Pero “el cianuro de esta reforma”, afirmó el legislador de Pichincha, es que se pretenda cambiar las reglas del recurso de revisión que consta en el artículo 658 del COIP, que en principio desnaturalizaría el recurso de revisión y además permitiría que sea una jurisdicción extranjera la que modifique las sentencias en firme y ejecutoriadas que existen en el país, que beneficiaría a cualquier delincuente y no solamente para obtener efectos políticos como es en el caso sobornos.

Con lo que pretende aprobarse en el Parlamento permitiría a cualquier delincuente presentar una acción en cualquier comité de derechos humanos reconocido por las Naciones Unidas, y con ello, obtener viabilidad a un recurso de revisión que prácticamente estaría resuelto, porque ese pronunciamiento externo vendría a marcar la línea de trabajo del recurso de revisión, afirmó.

La otra reforma que “creemos que es nefasta”, dijo Peñafiel es la referente a levantar la reserva de la investigación previa que realiza la Fiscalía General del Estado, pues lo que se estaría haciendo es quitar el factor sorpresa que tiene el organismo cuando investiga y encuentra que existen presunciones serias del cometimiento de un delito.

“Lo que se quiere hacer es mermar y cercenar una herramienta fundamental que ahora tiene la Fiscalía actualmente que es el factor sorpresa producto de las investigaciones reservadas”, reclamó Peñafiel, quien anunció que Construye planteará aprobar las reformas buenas y desechar lo que ellos consideran cambios nefastos en el COIP. Sino aceptan esas modificaciones, el voto de la bancada Construye, será en contra, advirtió.

El jefe de la bancada del Partido Social Cristiano (PSC), Vicente Taiano, anunció que las reformas al COIP, contempladas en el informe de segundo debate, se tienen que corregir en cuanto a la propuesta de la excepción sobre la reserva de la investigación fiscal.

Añadió que no se puede aprobar esa reforma porque es necesaria la reserva de la investigación, por los propios derechos de las partes que intervienen, y segundo sería atentar contra uno de los principios fundamentales que rigen nuestro sistema procesal.

Más allá que esta reforma se haya escapado al momento de aprobar el informe para segundo debate, dijo Taiano, no implica que necesariamente se va aprobar, lo importante es que se haya dado viabilidad para que las reformas en materia de seguridad pasen al pleno.

También dijo que se tiene que afinar el recurso de revisión penal, donde a su juicio se tendría que quedar exclusivamente en caso de que exista un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Actualmente el COIP, explicó, se establecen cuáles son las causales de procedencia, para el recurso de revisión; y además, una cosa es proponerlo y otra muy distinta que sea admitido. Lo que hizo la Comisión de Justicia es proponer como una causal más para el recurso de revisión cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos determine violación de derechos, pero que en el informe también se incluyó informes de las comisiones de Derechos Humanos reconocidas por la ONU, en lo cual no está de acuerdo el PSC.

El legislador de la bancada de la Revolución Ciudadana, Leonardo Berrezueta, también está de acuerdo en afinar el texto referente al doble conforme o recurso de revisión, donde se establezca la posibilidad de incorporar los informes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para la revisión de una sentencia penal ejecutoriada, y no informes de comisiones.

En torno al acceso que podría tener la Asamblea Nacional a las investigaciones previas que realiza la Fiscalía General del Estado, Berrezueta, no mira ningún problema porque el Parlamento estaría ejerciendo un proceso de fiscalización.

Para el legislador azuayo de la bancada RC, lo importante de la reforma al COIP, son tres temas: el primero, el endurecimiento de penas que causan conmoción social, el secuestro, etc. Lo segundo, es el tema de la imprescritibilidad de algunos delitos. Y lo tercero, que el Ecuador entre al marco de acuerdos internacionales y de organismos internacionales donde se establece la necesidad de revisar lo que se denomina el doble conforme aplique el recurso de revisión penal.

Con ello, añadió, toda persona que ha sido sentenciada por primera vez podrá ser revisada su sentencia a través de otro juez, que por eso se denomina doble conforme; y lo que se espera con la reforma es que resoluciones de las cortes internacionales puedan dar su criterio en la sentencia ejecutoriada.

El doble conforme, explicó Berrezueta, establece la posibilidad de revisar las sentencias emitidas con el aporte de prueba nueva y con informes que establezcan que hay la posibilidad de que una persona haya sido indebidamente sentenciada.

Respecto a la segunda reforma que se refiere al acceso de parte de la Asamblea Nacional a la información sobre las indagaciones previas que lleva la Fiscalía, el asambleísta Leonardo Berrezueta, explicó que la intención no es entorpecer las investigaciones, sino acceder a la información con el objetivo de fiscalizar en materia política por parte de la Asamblea y descartó una posible contaminación de la investigación fiscal. (I)

Fuente: El Universo

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