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Asamblea Nacional acelera trámite de reformas para endurecer penas, eliminar beneficios penitenciarios y sancionar a jueces y fiscales que favorezcan al crimen organizado

El mismo día que el presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el decreto para la consulta popular que incluye temas de seguridad, la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional aprobó el informe para segundo debate sobre reformas penales que elimina beneficios penitenciarios en delitos graves e incluyen sanciones a jueces y fiscales que favorezcan al crimen organizado.

El proyecto, contenido en 86 artículos, pasará a conocimiento del pleno el jueves 15 de febrero y es el resultado de la unificación de 43 proyectos de ley. El propósito de esta reforma es brindar herramientas a los operadores de justicia y endurecer las penas para casos de delincuencia organizada, sicariato, narcotráfico, violación y corrupción.
En las reformas se aumentan las penas en delitos como sicariato, secuestro, secuestro extorsivo, terrorismo, delincuencia organizada, tráfico de sustancias sujetas a fiscalización, tráfico de migrantes, violación de derechos humanos, reclutamiento de menores para bandas delictivas. Se modifican 24 tipos penales.

En el COIP se tipifican dos nuevos delitos, la propagación intencional de enfermedades infecto-contagiosas y el feminicidio.
En este grupo de reformas también se incluyen cambios en la ley orgánica de servicio público, se determina que están prohibidas de ocupar un puesto en el sector público las personas contra quienes exista sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos de feminicidio, peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, tráfico de influencias, oferta de realizar tráfico de influencias, y por testaferrismo; así como lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada relacionados con actos de corrupción.
También están prohibidos de ser funcionarios públicos e inclusive ocupar una dignidad pública quienes hayan sido sentenciados por defraudaciones a las instituciones del Estado, para el desempeño, bajo cualquier modalidad, de un puesto, cargo, función o dignidad pública.

Esa misma incapacidad recaerá sobre quienes hayan sido condenados por delitos aduaneros, tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, lavado de activos, acoso sexual, explotación sexual, trata de personas, tráfico ilícito o violación. La inhabilidad será por el lapso de tres a cinco años.
El legislador Vicente Taiano, delegado del PSC ante la Comisión de Justicia, destacó que en las reformas al COIP, se retipifican los delitos que tienen que ver con delincuencia organizada, tráfico de armas, narcotráfico, extorsión, secuestro extorsivo, en el sentido de que no solo se retipifican delitos adecuando las realidades delictivas a lo que la norma establece, sino que adicionalmente se aumentan penas.

Taiano destacó que en el delito de prevaricato se incluye una sanción para jueces y fiscales que con sus decisiones beneficien a los grupos delincuenciales porque eso no había y era necesario incluirlo en la norma. Ese es un ejemplo de que se ha adecuado la casuística, la norma para poder extender el alcance de la aplicación de los tipos penales.
En endurecimiento de penas, el asambleísta señaló que se subieron las penas para el secuestro extorsivo, que puede llegar hasta 26 años.
También las reformas endurecen las penas al tráfico de armas de fuego y se incluye a la persona u organización que financia, administre o facilite la producción y distribución de armas o municiones; pues el país tiene problemas con el tema de abastecimiento de armas y lo que se pretende es llegar al que fabrica, vende, trafica y guarda las armas, anotó Taiano
En torno a la relación que tendrían estas reformas al COIP con el planteamiento de la consulta popular realizado por el presidente de la República, Daniel Noboa, el legislador socialcristiano expresó que el primer mandatario propuso un concepto que luego tiene que ser enviado el texto para que este sea adecuado en la Asamblea Nacional.

En ese sentido, añadió, luego de estas reformas al COIP se puede revisar si hay algo que no se haya contemplado y el presidente de la República lo puede enviar vía reforma al COIP, pero lo que se aprobará el próximo jueves permitirá adelantar el trabajo, fundamentalmente, en el endurecimiento de penas.
Contenido
En torno a la eliminación de los beneficios penitenciarios, las reformas que se conocerán el jueves en el pleno se refieren a los casos de sicariato, asesinato, secuestro, secuestro extorsivo, delincuencia organizada, femicidio y terrorismo, y estos delitos se agregan también al catálogo de ser imprescriptibles.
También serán imprescriptibles los delitos contra la integridad y libertad personal con resultado de muerte, extorsión, tráfico ilícito de migrantes, tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta y gran escala, organización o financiamiento para la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, lavado de activos, terrorismo, financiación del terrorismo, delincuencia organizada; y, reclutamiento de niños, niñas y adolescentes con fines delictivos.
Se aumentan penas en los siguientes delitos: sicariato, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, tráfico ilícito de sustanciadas catalogadas sujetas a fiscalización, terrorismo, delincuencia organizada, entre otros como el prevaricato.
Se sanciona a la persona que conociendo que se encuentra infectada con alguna enfermedad que implique un riesgo a la vida contagie a otra, a través de donación de sangre, leche materna, mantenga relaciones sexuales.
Además, se incluye la responsabilidad estatal en los delitos de femicidio, por ello, se condenan las acciones u omisiones de los servidores públicos que nieguen o retarden el auxilio preventivo para evitar el cometimiento del delito de femicidio. Para ello, se establece la privación de la libertad de uno a tres años.
Se amplía la facultad de la Fiscalía para receptar denuncias que salvaguarden su identidad por motivos de seguridad en delitos como delincuencia organizada, terrorismo, tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, lavado de activos, extorsión, etc. (I)

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