En entrevista con KCH FM Radio y KCH TV, dialogó el Dr. Mauro Andino, docente universitario, sobre el segundo bloque de preguntas para la consulta popular que el Ejecutivo envió a la Coste Constitucional (CC) para su revisión.
El 2 de enero pasado, el presidente de la República, Daniel Noboa, mandó a la CC un paquete de 11 preguntas para la consulta popular. Días después ingresó un segundo paquete de 9 preguntas, como un trámite separado del anterior.
Mauro Andino coincide con el criterio ‘prácticamente unánime’ de varios colegas que, a pesar de seguir distintas corrientes ideológicas, remarcaron que las 11 preguntas iniciales adolecen de una serie de errores técnicos, jurídicos y constitucionales.
Noboa ratificó en 10 de las primeras preguntas el miércoles de esta semana. Sin embargo, es necesario que los ecuatorianos sepan que en 8 de esas 10 preguntas tendría que seguirse un procedimiento de reforma legislativa que implica que la misma Asamblea sea quien tenga que tomar determinadas decisiones.
Se señaló que una vez que se oficialicen los resultados, el Presidente tendrá un plazo de 5 días para enviar los proyectos de ley Reformatorio al COIP, que a su vez tendrán que ser aprobados en un plazo de 60 días en la Asamblea Nacional.
Respecto a la pregunta 11 sobre los casinos, Andino considera creo se retira porque era un contrasentido no solo técnico, mas bien ético, debido a la situación de inseguridad del país. Si se quiere combatir al narcotráfico, no se pueden realizar actividades que inciten al lavado de activos.
Sobre el segundo paquete de 9 preguntas hay 6 que son referente de reforma constitucional y ahí la Corte no tiene tiempo para emitir un dictamen señalándole cuál es la vía, si es enmienda, reforma parcial o Asamblea Constituyente. En caso de que haya un dictamen favorable que indique que es vía enmienda, ahí sí el siguiente paso de la CC es un nuevo dictamen con un término de 20 días para analizar los considerandos, las preguntas y anexos.
Las otras 3 preguntas son de consulta popular, una vez que se haga el sorteo y avoque conocimiento, corre el plazo de 20 días.
Para Andino, la pregunta más importante de este segundo bloque es la 6:
¿Está de acuerdo con establecer judicaturas especializadas en materia constitucional para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales?
“La pregunta 6 me parece clave. Yo creo que esa hay respaldar sin discutir demasiado, porque la 6 obedece a esto que se ha cuestionado en tantas ocasiones”, dijo Andino.
Todos han escuchado cómo se han comercializado y desnaturalizado las garantías como la acción de protección, medidas cautelares, habeas corpus, y han permitido a su vez la manipulación de estas herramientas jurídicas para que salgan en libertad peligrosos delincuentes.
Es importante que estas garantías sean conocidas no por jueces ordinarios que, al momento de conocerlas, se convierten en jueces constitucionales de manera simultánea; sino que sean conocidas por jueces que únicamente tengan a su cargo resolver acciones constitucionales, es decir, que ya no sea un juez de lo civil, penal o laboral quien tenga que resolver una acción de protección sino que sean jueces exclusivos para que se encarguen de resolver este tipo de temáticas.
“Me hubiese gustado que estos jueces no dependan de Función Judicial sino de la CC, que es lo mejor que tenemos a nivel institucional”, indicó.
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