España reformará su Constitución para eliminar el término “disminuido”

Las Cortes Generales españolas se encuentran actualmente enfocadas en modificar el artículo 49 de la Constitución, dedicado a los derechos y a la protección de las personas con discapacidad, para sustituir el concepto “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” por el de “personas con discapacidad”.

Una propuesta que nace del acuerdo alcanzado en diciembre entre los dos partidos con mayor representación en el Congreso de los Diputados, el Partido Popular (PP) y el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), para actualizar la Constitución en “su lenguaje y contenido, y para reflejar los valores que inspiran la protección de este colectivo”, tal y como razona la Proposición de reforma registrada por ambas formaciones ante las Cortes.

Se trata de uno de los pocos puntos de consenso logrados por el líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en esta XV legislatura que se presenta turbulenta, con altos niveles de crispación y los puentes de diálogo entre formaciones opuestas cada vez más debilitados.

“Las palabras nunca son solo palabras, sino que tienen la capacidad de modelar nuestros pensamientos: son el vehículo con el que expresamos nuestra forma de ver el mundo y con el que acabamos dando forma a la realidad”, defendió este martes el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, cuando presentaron la reforma ante el Parlamento.

Por su parte, Núñez Feijóo, destacó que esta es una reforma “pertinente, necesaria, adecuada y prometida”.

Dado que la proposición se está tramitando por procedimiento de urgencia, los plazos de debate en las Cortes Generales se acortan. Eso, sumado a que tiene un apoyo mayoritario tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado, se estima que la reforma quede aprobada a lo largo del próximo mes de febrero.

Nuevo redactado del Artículo 49

Además de retirar el término “disminuido”, PP y PSOE proponen ampliar la redacción del artículo para acomodarlo “a la realidad social y a la normativa internacional”.

Así luciría una vez sea aprobado:

Artículo 49.

1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este

Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la

protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.

2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena

autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en

entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus

organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente

las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.

Los colectivos lo celebran

Desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, plataforma constituida por las principales organizaciones estatales de personas con discapacidad, han celebrado la propuesta de reforma desde que esta se dio a conocer.

Según defienden, actualizar el artículo 49 de la Constitución supone “no solo desterrar del texto constitucional una terminología hiriente que desconsideraba y ofendía a las personas con discapacidad -un 10 por 100 de la población-, sino que ancla en nuestra Norma fundamental el enfoque derechos humanos, el único admisible para abordar la realidad de esta parte de la ciudadanía”.

Fuente: CNN

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