En entrevista con KCH FM Radio y KCH TV, el Dr. Rafael Oyarte, constitucionalista, analizó las preguntas de la consulta popular enviadas por el Ejecutivo a la Corte Constitucional (CC).
El pasado martes 2 de enero, el presidente de la República, Daniel Noboa, envió a la Corte Constitucional las preguntas de la consulta popular para su revisión.
Oyarte considera que las once preguntas tienen un problema y es que las consultas populares, según la Constitución, no solo son de cumplimiento obligatorio, sino que deben tener efecto inmediato. En este caso, esta es la gran dificultad que tienen las preguntas: ninguna es de efecto inmediato.
Las diez primeras cuestiones requieren de un proyecto de ley. Es decir que, si la gente vota que sí – en los temas Fuerzas Armadas (FF.AA.) contra el crimen organizado, FF.AA. contra el control de armas, que los miembros de la Policía Nacional y FF.AA. no sean puestos en prisión preventiva por el tema de cumplimiento de deberes, los temas relacionados con el incremento de penas, las exclusiones de los beneficios penitenciarios, etc.- según los anexos, obligan al Presidente a presentar un proyecto de ley para que sea debatida por la Asamblea Nacional dentro de los siguientes 60 días.
La CC puede determinar que en la consulta popular presentada la opinión del ciudadano no es la que define la situación, sino que recién se presentará un proyecto de ley y que quedará en manos del Legislativo. No se requiere una consulta popular para iniciar un proyecto de ley.
El proyecto de ley no está a la vista en los anexos. “Se dice que se va a presentar un proyecto de ley, pero ¿Qué va a decir ese proyecto de ley en todo caso?, entonces se elimina lo que se conoce como “libertad del elector”“, indicó Oyarte.
Son varias cosas que pueden hacer que la CC diga que no a las preguntas, sumado a que varios de los temas que se están consultando están vigentes puesto que han sido objeto de reformas legales en 2021, 2022 y 2023.
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