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“Si vas a comercializar drogas, vas preso”: La advertencia de Petro a un periodista opositor

El columnista Diego Santos criticó el recién emitido decreto presidencial que elimina las multas policiales a quienes tengan consigo dosis de uso personal, estipuladas por la ley del país suramericano desde hace 37 años.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, mandó una contundente respuesta a un periodista opositor que le preguntó de manera irónica en las redes si podría realizar microtráfico de drogas en su comunidad, “sin temor a ser perseguido”.

La reacción del mandatario colombiano ocurrió luego de la interrogante abierta que hiciera el columnista Diego Santos, quien interpretó de una manera errónea el Decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, emitido la semana pasada por la Administración de Petro.

La norma recién establecida derogó la sanción que facultaba a la Policía Nacional a multar a quienes tenían consigo dosis personales de sustancias psicoactivas en espacios públicos, y que fue impuesta en el Gobierno del expresidente Iván Duque en 2018.

La pregunta de Diego Santos

Santos, un periodista con simpatía por el uribismo, es un férreo opositor a Petro. Por ello, en tono sarcástico, hizo su consulta a los especialistas.

“Hago una pregunta a los abogados de este país. ¿Si mañana quiero comercializar drogas en la esquina de mi barrio, para tener unos ingresos adicionales, puedo hacerlo sin temor a ser perseguido por las autoridades? ¿Puedo inclusive vender cerca a colegios y universidades?”, escribió.

A esa interacción, el jefe de Estado le respondió de acuerdo a lo contemplado por las leyes colombianas. “Si vas a comercializar drogas en la esquina de tu barrio, vas preso Diego Santos”, escribió.

El aparentemente inocente cuestionamiento de Santos, que también es columnista en El Tiempo, forma parte de la interpretación que han hecho los medios e incluso el propio fiscal general, Francisco Barbosa, del alcance real del decreto emitido por Petro.

La muestra es que en otras interacciones, el comunicador asevera que “la venta y compra de droga en las calles será más fácil gracias a Gustavo Petro”.

Santos, además, compartió un editorial de El Nuevo Siglo, donde se sostiene que la derogatoria del decreto “da pie a un aumento del microtráfico y la adicción” y que dará “rienda suelta a los jíbaros [microtraficantes ]” y a “otorgar un tratamiento lo más laxo posible al uso de alucinógenos y estupefacientes ilícitos en las calles del país”.

A pesar de estas afirmaciones, el porte de dosis de droga para uso personal ya fue estipulado hace 37 años en la Ley 30 de 1986, que fue declarada exequible por la Corte Constitucional en la sentencia C-221 de 1994.

En Colombia, la porción para uso personal está comprendida por una cantidad de marihuana que no exceda de veinte 20 gramos; de cocaína o cualquier sustancia de ese tipo que no supere un gramo; y de metacualona que no pase de dos gramos.

Más aclaratorias

En otra interacción, el presidente le pidió a los colombianos que no se dejaran engañar “por los desinformadores” y nuevamente explicó que el Gobierno derogó la multa por porte de dosis personal, “porque así lo indicaron las cortes”, en varios fallos donde advirtieron que el uso personal no podía sancionarse de forma administrativa.

En un video que también compartió Petro en la plataforma social, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, ratifica que el decreto “no elimina la prohibición de comercio ni de tráfico ni de microtráfico ni ningún comercio de drogas”. “Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana”, advirtió el togado.

Asimismo, recordó que el Consejo de Estado, al revisar el decreto derogado, consideró que no podía usarse la figura de una sanción con multa para el porte, “porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico”.

Fuente: RT

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