Corte IDH determinó que el Estado ecuatoriano ha cumplido parcialmente la sentencia en el caso EL UNIVERSO

Este caso se inició en el 2011 cuando el expresidente Rafael Correa demandó a los hermanos Carlos, César y Nicolás Pérez, directivos de este Diario, y de Emilio Palacio, exeditor de Opinión, por supuestas injurias en un artículo de opinión referido a la revuelta del 30-S, y pidió $ 80 millones como indemnización.
En primera y segunda instancia se los condenó a prisión y al pago de $ 40 millones; fallo que fue ratificado en casación. Luego Correa pidió la remisión de la pena.

Los Pérez y Palacio elevaron el caso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que falló a su favor en el 2021. La Corte concluyó que se violó su derecho a la libertad de expresión.

En la sentencia se establecieron seis medidas de resarcimiento a favor de los hermanos Pérez y de Palacio. Estas son: dejar sin efecto la sentencia dictada en contra de las víctimas; publicación y difusión de la sentencia; plan de capacitación a funcionarios del Poder Judicial; pago de indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial; reintegro de costas y gastos; y la generación de reformas legales para garantizar de que este caso no se repetirá.

En un informe de 12 páginas, el organismo indica que sí se han cumplido los siguientes puntos:

1. El que se refiere a dejar sin efecto la sentencia contra las víctimas, ya que el presidente de la Corte Nacional de Justicia, Iván Saquicela, dispuso de oficio a la jueza encargada que se elimine toda información del caso en el sistema de registros de la institución, lo cual si se realizó.
2. Plan de capacitación a los funcionarios de la Función Judicial. Esto a través de la creación e implementación del taller virtual “Libertad de Expresión y Derechos Humanos”, el cual estuvo dirigido a fiscales y jueces, entre otros funcionarios. Según la Corte, dicho taller contempló el estudio de los estándares internacionales en materia de libertad de expresión, garantías judiciales y protección judicial, así como la sentencia del presente caso. “Asimismo, se destaca como positivo que el Estado informó que se encuentra realizando acciones adicionales, a fin de incluir el estudio del fallo de este caso en los programas de formación permanente de fiscales y jueces, así como crear un curso virtual de carácter permanente sobre la temática”.

3. Pago de indemnizaciones a los directivos de EL UNIVERSO y el exeditor de Opinión, que fueron cancelados dentro del plazo establecido en la sentencia.

4. El pago de las costas judiciales y honorarios de los abogados también se cumplió aunque en dos casos fue fuera del plazo fijado por lo cual deberán calcularse los intereses respectivos.
Los de cumplimiento parcial son los siguientes:
1. El referido a la publicación y difusión de la sentencia y su resumen oficial. Según la Corte IDH se publicaron el resumen oficial en el Registro Oficial, y el texto integral en la página web del Consejo de la Judicatura, accesible al público desde la página de inicio, así como en la sección “Derechos Humanos”, por el plazo de un año. Pero se encuentra pendiente la publicación del resumen oficial en un diario de amplia circulación nacional, cuyo plazo de cumplimiento venció el 22 de junio de 2022, “por lo que se requiere al Estado dar pronto cumplimiento a este extremo de la medida”.
Lo que no se ha cumplido:
1. La Corte dispuso que Ecuador debía adoptar medidas legislativas y de otro carácter para “lograr la plena efectividad del ejercicio de la libertad de expresión, a efectos de compatibilizarlo con la obligación del Estado de prevenir que funcionarios públicos acudan ante instancias judiciales para presentar demandas por calumnias e injurias con el objetivo de silenciar críticas a su actuación en la esfera pública, conforme a los parámetros establecidos en la […] sentencia”. Además, indicó que, “como parte del cumplimiento de esta medida, el Estado deberá establecer vías alternativas al proceso penal para la protección del honor de los funcionarios públicos respecto de opiniones relacionadas con su actuación en la esfera pública”.
El informe dice que Ecuador informó que en noviembre de 2022 se realizó una reforma a la Ley Orgánica de Comunicación. “Sin embargo, los representantes expusieron varias objeciones por las cuales consideran que dicha reparación se encuentra aún pendiente de cumplimiento”.
La Corte indicó que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de las medidas relacionadas a la publicación de la sentencia que falta y la adopción de medidas legislativas y de otro carácter para lograr la plena efectividad del derecho a la libertad de expresión respecto de demandas por calumnias e injurias por parte de funcionarios públicos que tengan el objetivo de silenciar a sus críticos. (I)

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