Juez del Tribunal Contencioso Electoral pide a Diana Atamaint que ‘aclare y complete’ denuncia hecha contra el periodista Roberto Aguilar

Antes que se analice el fondo de la denuncia hecha por la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, contra el periodista del diario Expreso Roberto Aguilar por una presunta violencia política, el juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) a cargo de la causa le pide a la denunciante que la aclare y complete.

Atamaint busca que el TCE emita una sanción contra Aguilar al ser el responsable del texto publicado el 27 de julio pasado bajo el título ‘Diana, levántate y anda…’. En el documento de denuncia, la actual presidenta del CNE recoge una parte del texto: “Tener una funcionaria como Diana Atamaint al frente de un organismo como el Consejo Nacional Electoral es como tener una mamá, pero muerta. No de otro modo se conduce ella a la hora de hacer respetar las reglas y los principios de igualdad en las elecciones. Con la diligencia de un cadáver”.

Ante ello, la titular del CNE le explica al juez lo que este texto evidencia de forma clara: “Sin sustento alguno, infravalora mi trabajo al frente del Consejo Nacional Electoral, tildándome de cadáver; a texto seguido, indica que las actuaciones a las que se refiere involucran a las competencias del pleno del CNE; es decir, estas no dependen solo de mi decisión; sin embargo, el único cadáver al parecer del denunciado soy yo, Diana Atamaint”.

También destaca del texto en análisis que Aguilar, para sostener la supuesta inacción de Atamaint, en el desarrollo de su artículo habría escrito: “A pesar de la prohibición expresa que le impuso una sentencia judicial, el corrupto y embustero expresidente prófugo no ha parado un solo día de ejercer estas facultades con la desvergonzada complicidad de la presidenta y los consejeros del CNE (…). Soñar no cuesta nada. Estamos ante la pusilánime y obsecuente Diana Atamaint, que no movió un dedo cuando el mismo personaje, al frente de su estructura partidaria, entró de lleno en la campaña para integrantes del Consejo de Participación Ciudadana, lo cual está expresamente prohibido en la ley.”

Según la funcionaria, en esas líneas se puede demostrar que la potestad para ser dirigente de alguna organización política le compete al pleno del Consejo Nacional Electoral, conforme lo señala el artículo 25, numeral 11, de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia; sin embargo, el calificativo de “cadáver y los otros insultos” los refiere solo a ella.

Diana Atamaint pide que, una vez se demuestre la responsabilidad de Roberto Aguilar en la infracción electoral denunciada, se aplique la máxima sanción determinada, esto es, la imposición de la multa de 70 salarios básicos unificados ($ 31.500) y suspensión de derechos de participación, y que se dicten las medidas de reparación integral respectivas.

De su parte, Aguilar cree que la denuncia en su contra no tiene sentido, principalmente porque su texto no hace referencia a estereotipos de género. “Ha visto impávida violaciones a la ley electoral y tiene la cara de ponerme una denuncia”, anotó el periodista en una entrevista que se refirió al tema.
Entre la información que debe aclarar y completar Atamaint está el precisar si la denunciante plantea la acción por sus propios derechos o por los que representa en el CNE; especificar el acto, resolución o hecho respecto al que se interpone la denuncia; fundamentar la denuncia con una expresión clara y precisa de los agravios que cause el acto, resolución o hecho y los preceptos legales vulnerados; la petición de asignación de una casilla contencioso electoral para las notificaciones; colocar el nombre, la firma o la huella digital del denunciante, así como de su abogado; y aclare las pretensiones de su demanda.

De lo que se conoce, será el juez Guillermo Ortega quien esté a cargo de la causa. (I)

Fuente: El Universo

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