En caso de no haber consenso, el Gobierno anunció que fijará el salario en 475 dólares.
Este 9 de noviembre tendrá lugar la primera sesión del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios en el que se busca lograr un consenso para definir el salario básico que regirá en Ecuador desde el 1 de enero del 2024.
Este año la decisión está enmarcada en medio de la transición presidencial tras la declaratoria de muerte cruzada que en mayo pasado impulsó el mandatario Guillermo Lasso y que derivó en la elección de Daniel Noboa como nuevo presidente.
El Consejo Nacional de Trabajo y Salarios está conformado por dos sectores: el empleador y los trabajadores. Los representantes de los empleados son:
- Marcela Arellano (Frente Unitario de Trabajadores).
- Mesías Tatamuez (Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Clasistas Unitarias de Trabajadores).
- Edwin Salazar (Central Unitaria de Trabajadores).
- Oswaldo Chica (Confederación de Trabajadores del Sector Público del Ecuador)
Por el lado de los empleadores:
- Paúl Corral (Federación Federación Nacional de Cámaras de Industriales del Ecuador).
- Xavier Rosero (Federación Ecuatoriana de Exportadores).
- Tanía Pazmiño (Federación Nacional de Cámaras de Comercio del Ecuador).
- Francisco Chiriboga (Cámara de Agricultura de la Primera Zona).
De acuerdo con el Acuerdo Ministerial MDT-2020-185, que establece el procedimiento para el cálculo del salario, se indica que para fijar la variación, el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios se autoconvocará para sesionar hasta el 20 de noviembre de cada año, “previo a esta fecha el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios establecerá el procedimiento y la metodología para la discusión de la fijación del salario básico unificado”.
En caso que no se adopte un consenso, el Ministerio de Trabajo fijará el monto de incremento de acuerdo al artículo 118 del Código del Trabajo.
Desde el gobierno ya han anticipado que en caso de darse esta situación, el incremento será de 25 dólares, es decir, el salario se fijará en 475 dólares.
La fecha para que se dé esta situación sería previo al 30 de noviembre, antes de la posesión de Noboa, cuya fecha no se ha definido aún y que sería entre el 30 de noviembre y el 1 de diciembre. (I)