Las personas que se encuentran en coactiva pueden acceder a la prescripción de deudas del CNT si su deuda no ha sido citada en legal y debida forma, informó César Coronel

En entrevista con KCH FM Radio y KCH TV, dialogó el Ab. César Coronel, gerente general de Defensa Deudores Ecuador, sobre el proceso de prescripción de deudas de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT).

El pasado viernes 24 de octubre, la gerenta general de CNT, Lourdes Cuesta,  presentó una resolución que permite a los usuarios acceder al beneficio de prescripción de deudas.

 Hay aproximadamente 1.700.000 personas en estado extrajudicial, es decir, que tiene una deuda pero que aún no tienen una coactiva. Y más de 3 millones de personas que, teniendo una deuda ya tienen una coactiva. Eso significa que alrededor de 4.700.000 personas tienen una deuda con el CNT y están en mora.

En estos días se ha generado un mito dentro de la ciudadanía de que por tener coactiva no se puede pedir la prescripción. 

César Coronel explicó que esto no es así. A todos los que respectan a la base extrajudicial podrán beneficiarse con el tema de la prescripción y, en cuanto a los que están en coactiva, podrán acceder al beneficio siempre que su deuda no haya sido citada en legal y debida forma porque la prescripción solo se interrumpe con la citación. Si no hay citación el tiempo sigue corriendo y, aunque se tenga una coactiva y cuentas retenidas, el proceso como no ha sido citado, la prescripción no se interrumpe. 

Para la prescripción aplican varios requisitos: 

  1. Que la deuda tenga más de 5 años sin pagarse.  
  2. Durante esos 5 años no se haya realizado un convenio de pagos.
  3. No tenga una coactiva o, teniendo una coactiva, esta no haya sido citada.

¿Cuál es la diferencia entre condonación de deuda y prescripción de deuda?

La condonación o perdón de deudas son actos unilaterales de la administración y son temporales; mientras que la prescripción es una forma de adquirir derechos o extinguir obligaciones. En el caso de CNT, si usted solicita y le es concedida la prescripción, esto significará: 

  • La declaración de prescripción de esta deuda por autoridad competente.
  • La eliminación de esta obligación de todo registro.
  • La rehabilitación de la persona deudora. 

“La prescripción es un derecho que ha existido toda la vida pero que, lamentablemente, antes lo que teníamos que hacer con nuestros clientes que querían prescribir una deuda con CNT era ir ante los jueces en procesos que tomaban 7 meses, un año, dos años… Tres años”, contó Coronel, “ese trámite que antes se hacía con un juez ahora se va a poder hacer en sede administrativa , es decir, ante la misma empresa. Esa es la buena noticia de este trámite”. Los trámites se gestionarán en un periodo de máximo 30 días hábiles. 

“Lo importante es que ahora se hará en sede administrativa y no en sede judicial, que implicaba mayor tiempo y recursos tanto para el ciudadano como para la empresa que tenía que cobrar”, indicó el experto.

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