El concejal del Distrito Metropolitano de Quito, Michael Aulestia, planteará este martes que el Consejo Metropolitano apruebe un proyecto de resolución para que el alcalde de Quito, Pabel Muñoz, en su calidad de consejero, plantee en el Consejo Provincial de Pichincha se fiscalice la contratación de Soledad Padilla Morán.
Aulestia sospecha que se estaría frente a un caso de “piponazgo” en el Consejo Provincial de Pichincha y pide que se investigue por qué la Prefectura, representada por Paola Pabón, militante del movimiento Revolución Ciudadana (RC), pagó sueldo durante años a Soledad Padilla, asistente personal del exvicepresidente, Jorge Glas.
El hecho surgió tras un cruce de denuncias entre el exvicepresidente Glas y su exsecretaria personal, Soledad Padilla, quien en varios audios publicados en redes sociales confiesa que mientras se desempeñaba como funcionaria del Consejo Provincial visitaba en la cárcel a Jorge Glas.
Jorge Glas presentó el 18 de octubre ante la Fiscalía una denuncia por supuesta extorsión en contra de su exsecretaria; mientras que ella, anunció la presentación de una denuncia por supuesto acoso. Esto provocó diferencias entre la militancia del movimiento Revolución Ciudadana al que se pertenece Glas Espinel, Pabel Muñoz y Paola Pabón.
Pabel Muñoz al ser alcalde de Quito tiene la calidad de consejero provincial y junto al concejal metropolitano, Ángel Vega, tiene la atribución de fiscalizar a la prefectura de Pichincha, por lo tanto, este martes 24 de octubre, Aulestia presentará en la sesión del concejo municipal un cambio en el orden del día que incluye un proyecto de resolución para que se pida la información correspondiente sobre los productos entregados por Soledad Padilla, mientras era funcionaria de la prefectura de Pichincha y si existe una bitácora o un reloj biométrico que compruebe que Padilla, asistía físicamente a la prefectura, y además se presente los informes de labores de Padilla.
La información que se obtenga de la petición realizada a la prefectura será remitida a la Contraloría General del Estado para que pueda hacer un examen especial sobre la contratación de servidores del Consejo Provincial de Pichincha que “posiblemente sería nada más de nombre, pero no asistía a cumplir sus labores. Coloquialmente eso se llama piponazgo”, anotó el concejal Aulestia.
El concejal Auslestia adelantó conversaciones con algunos concejales de Quito para obtener el apoyo para exigir una fiscalización a la Prefectura de Pichincha, y aclaró que la investigación no estará dirigida a meterse en audios y problemas personales y sentimentales que podrá tener Jorge Glas, con cualquiera de sus colaboradoras y en los conflictos internos que puede tener el movimiento de la Revolución Ciudadana.
Lo verdaderamente importante es conocer cómo se ha destinado los recursos públicos de la Prefectura de Pichincha en torno a la contratación de personal que aparentemente no habría asistido físicamente a las oficinas, sino que habría cumplido un tipo de labor de asesoría para quien en su momento estaba condenado por un caso de corrupción en el país y estaba privado de la libertad como es Jorge Glas Espinel.
El proyecto de resolución contiene dos artículos:
1. Solicitar al alcalde Metropolitano de Quito, Pabel Muñoz; y, a su delegado al Consejo Provincial de Pichincha, concejal Ángel Vega, en su calidad de consejeros provinciales, ejerzan la atribución fiscalizadora que les confiere el artículo 48, letra d) del COOTAD y requieran del Ejecutivo provincial, lo siguiente:
- Cuáles eran las funciones que desempeñaba la funcionaria durante el período comprendido entre el 5 de noviembre de 2019 y el 31 de agosto de 2023.
- Los productos que ha entregado durante su período como funcionaria pública
- Se informe cuáles eran los asuntos o la prestación del servicio a que estaba obligada de acuerdo a las funciones de su cargo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 24, letra c) de la LOSEP.
- Registro de asistencia, manuela o biométrico de la ex funcionaria.
- Copia certificada de Informe final de labores.
2. Una vez recibida la información ésta sea remitida a la Contraloría General del Estado solicitando el inicio de un examen especial sobre este particular a efectos que, atento lo dispuesto en el artículo 212 de la Constitución de la República, se determinen las responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, que hubiere a lugar; sin perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del Estado. (I)
Fuente: El Universo