El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó este miércoles que los ciudadanos empadronados en el Ecuador que se encuentren fuera del territorio nacional el domingo 15 de octubre, día de la segunda vuelta de las elecciones anticipadas, no serán multados por no ejercer su derecho al voto.
Para el efecto y posterior a la jornada democrática, los viajeros deberán presentar en las Delegaciones Provinciales Electorales los documentos como la copia del pasaporte o registro migratorio, que justifiquen su ausencia, indica el CNE.
En Ecuador, el voto es obligatorio para las personas entre 18 y 64 años, incluidas en el padrón electoral. Es facultativo para los jóvenes de 16 y 17 años y para las personas mayores de 65 años. La Constitución establece que, aunque el voto es un derecho, es también una obligación de los ciudadanos.
El artículo 292 del Código de la Democracia impone una multa a quienes no vayan a votar equivalente al 10 % de un salario básico unificado (SBU). A la fecha, el salario básico es de $ 450, el monto a pagar es de $ 45.
En el caso de los ciudadanos que fueron seleccionados como miembros de las juntas receptoras del voto (MJRV) y que no acudan a votar la multa aumenta en el 15 %, es decir, deberán pagar $ 67,50.
Las multas del CNE son obligatorias de pagar y son acumulables por cada ocasión que deje de acudir, por lo que en algún momento deberán ser cancelarlas para poder recibir el certificado de votación oficial, documento utilizado para diferentes trámites a nivel nacional. (I)