Caso Dhruv: Tribunal confirma sobreseimiento de sospechosos y dispone la caducidad del proceso

La mañana del martes 10 de octubre, a las 10:00, en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) debía instalarse la audiencia por la apelación interpuesta por la fiscal general Diana Salazar y la Procuraduría General del Estado (PGE) en rechazo al auto de sobreseimiento dispuesto el 19 de junio, dispuesto por el juez Luis Rivera, a favor de las 18 personas investigadas por el presunto delito de peculado en la compra de siete helicópteros Dhruv, en el año 2008.

Sin embargo, la diligencia no se instaló. Los abogados de los procesados alegaron que venció el plazo máximo de 60 días para que la Corte se pronuncie sobre el recurso de apelación, ya que al momento habían transcurrido 85 días. El fundamento legal fue que se excedieron los plazos establecidos en el artículo 655 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El Tribunal Apelación de la CNJ, conformado por los jueces Mercedes Caicedo (ponente), Marco Rodríguez y Byron Guillén, analizaron el argumento de la defensa y al cabo de varios minutos resolvieron determinar la caducidad del proceso penal y ratificar de forma definitiva el sobreseimiento de los 18 procesados, por confirmación del Ministerio de la Ley. La resolución se tomó con los votos a favor de los jueces Rodríguez y Guillén.

Entre los 18 beneficiados con la decisión se encuentran dos ministros de Defensa del gobierno de Rafael Correa: Javier Ponce y Wellington Sandoval. También está el representante legal de la empresa Hindustan Aeronautics Limited (HAL) para Ecuador, Juan Cortez; el excomandante de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) Rodrigo Bohórquez; y varios integrantes de la FAE en servicio pasivo (sp).

El artículo 655 del COIP señala que “si la Sala respectiva no resuelve la apelación del auto de sobreseimiento, en el plazo máximo de sesenta días desde la fecha de recepción del proceso, este quedará confirmado en todas sus partes, sin perjuicio de que el Consejo de la Judicatura inicie la acción disciplinaria correspondiente”.

Previo al pronunciamiento del Tribunal, la fiscal Diana Salazar manifestó su rechazó. Dijo que los plazos no corren cuando se trata de la fundamentación de recursos. Sustentó su posición en el artículo 573 del COIP, el cual dispone que “para el trámite de los procesos penales y la práctica de los actos procesales son hábiles todos los días y horas, excepto en lo que se refiere a la interposición y fundamentación de recursos”.

La Fiscalía presentará una acción extraordinaria de protección y anunció que acudirá a la justicia constitucional “en búsqueda del respeto al derecho a la tutela judicial efectiva y seguridad jurídica con los que cuentan todas las víctimas de delitos”.

El expresidente Rafael Correa celebró el fallo del Tribunal de Apelación. En un mensaje en su cuenta de X (antes Twitter) comentó que la resolución es inapelable.

“Corte Nacional de Justicia acaba de ratificar, en resolución inapelable, la inexistencia de peculado en la adquisición de los helicópteros DRHUV. Ya no se podrá investigar nuevamente esta adquisición, que surgió de la iniciativa de la fiscal 10/20, antología de corrupción, ineptitud y odio. La pregunta: ¿Quién devuelve los años de angustia y de gastos a los injustamente perseguidos? Ya falta poco…”, publicó Correa.

La teoría fiscal en esta causa apuntaba a que se cometieron irregularidades en el proceso precontractual, contractual y de ejecución en la compra de siete helicópteros Dhruv a la compañía Hindustan Aeronautics Limited, de la India, ocurrido en 2008, durante el gobierno de Correa, por un monto superior a $ 45 millones. El Estado fue representado por el Ministerio de Defensa, mientras que la empresa HAL fue representada en Ecuador por la firma Sumil C. A. Transacción habría significado perjuicio de $ 66,4 millones para el Estado.

De acuerdo con la teoría fiscal, las personas investigadas, valiéndose de sus cargos en la función pública, no velaron por la correcta administración pública, sino que violaron la ley y beneficiaron a la empresa HAL en la adjudicación del contrato sobre la compra de los helicópteros Dhruv.

En el sobreseimiento dictado en junio pasado se dispuso que se revoquen todas las medidas cautelares y de protección en contra de los 18 implicados. El juez Luis Rivera concluyó que no hubo dolo en la adquisición de las naves; con ello, no dio paso a la etapa de juicio.

Fuente: El Universo
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