Criterio legal sugirió al Consejo de Participación Ciudadana cesar a comisionada de la disuelta Asamblea que actúa en la elección del contralor del Estado

En el interior de la comisión ciudadana encargada de hacer el concurso público para la elección de la primera autoridad de la Contraloría General del Estado hubo una preocupación alrededor de la participación de la comisionada delegada de la Asamblea Nacional que está cesada, pues podría acarrear nulidades.

El presidente de la comisión ciudadana, Marco Chalco, solicitó en junio pasado al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) que se aclare jurídicamente si la intervención de una de las comisionadas, Nary Galarza, delegada de la cesada Asamblea Nacional, podría recaer en nulidades afectando el proceso de designación del contralor, pues no es funcionaria de dicha institución que fue disuelta en mayo pasado.

Hubo un informe elaborado por el Departamento de Coordinación Jurídica para que el pleno del CPCCS lo trate y, en él se recomendaba cesar a Galarza, pero el criterio legal había sido archivado.

El titular de la comisión, Marco Chalco, expresó en su oficio, dirigido al presidente del CPCCS, Alembert Vera, el interés de actuar apegados a las normas legales en el concurso público; pero, para evitar cualquier posibilidad de caer en nulidades, le solicitó que se elabore un informe jurídico que aclare la continuidad como miembro de la comisión de Nary Galarza Escobar.

El pedido de Chalco tuvo como respuesta un informe jurídico que había quedado archivado y, por tanto, no fue llevado para tratamiento del pleno del Consejo de Participación Ciudadana ni de la comisión ciudadana.

La preocupación se da a propósito de lo ocurrido con la disolución de la Asamblea Nacional como producto de la muerte cruzada.

El Decreto Ejecutivo 741 que suscribió el presidente de la República, Guillermo Lasso, además de disponer la disolución de la Asamblea con base en el artículo 148 de la Constitución, por grave crisis y conmoción interna, incorporó que, con base en el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, se producía la terminación anticipada de los contratos del personal legislativo ocasional.

El criterio jurídico explica que la disolución provoca la terminación anticipada de los contratos del personal legislativo y no otorga ni a los exasambleístas ni al personal el derecho a la reparación o indemnización.

Se refirió que la Ley Orgánica del Servicio Público señala también que los contratos de servicios ocasionales no representan estabilidad laboral y pueden darse por terminados en cualquier momento. Y en este caso, la vinculación o relación laboral de Galarza terminó cuando se disolvió la Asamblea y, con ello, la «delegación» que el pleno hizo para que se integre a la comisión ciudadana en representación de la Función Legislativa.

Se recomendaba que se analice la «cesación de funciones de Nary Galarza», pues no se estaría cumpliendo con el numeral 2 del artículo 37 del Reglamento de Selección de las Comisiones Ciudadanas, sobre «cumplir con las normas constitucionales, legales y reglamentarias».

Articulado a ello, se estaría incumpliendo el artículo 27 del mencionado reglamento, en el que se menciona que los delegados de las funciones del Estado «deben cumplir los requisitos y no estar incursos en ninguna de las prohibiciones y que señala que los comisionados deben pertenecer a las funciones que los delegan y serán designados por el máximo organismo de decisión de cada una de las funciones del Estado».

Galarza fue designada como comisionada suplente en una sesión del pleno de la Asamblea Nacional de octubre del 2022, y se principalizó porque un exfuncionario seleccionado no se posesionó en este cargo.

Otra preocupación que se exponía en el criterio jurídico es quién paga su salario, pues el Parlamento está cesado.

Las comisiones ciudadanas son cuerpos colegiados creados por la Constitución de 2008 para llevar a cabo los concursos públicos para elegir a las autoridades de control del Estado; y, aunque son independientes, pueden ser supervisadas y tener apoyo técnico del Consejo de Participación Ciudadana.

Las integran cinco personas en representación de la «ciudadanía», electas mediante un concurso público que hace el Consejo de Participación Ciudadana; y otras cinco personas que provienen de delegaciones de las cinco funciones del Estado: Legislativa, Ejecutiva, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.

La ley que rige al Consejo establece en su artículo 45 que los miembros de la comisión que son de la «ciudadanía» perciben dietas diarias equivalentes al 3,3 % de la remuneración mensual de un consejero.

En tanto que los comisionados delegados de las instituciones del Estado perciben la remuneración de la entidad a la que pertenecen.

Dicho criterio jurídico proponía que el pleno del Consejo analice la cesación de las funciones de Galarza y que se solicite al administrador general de esa institución que remita con «urgencia» los nombres de dos personas para que puedan asumir funciones.

La participación de esta exfuncionaria fue tratada en la comisión ciudadana.

En junio pasado, la comisionada de la Función Judicial, Eugenia García, planteó una moción para que se consulte al CPCCS una salida jurídica, y explicó que Galarza estaba actuando sin competencia y podría acarrear problemas legales.

La respaldaron los comisionados de la Función Electoral, Maribel Baldeón; Raúl Guaña, de la Función de Transparencia; y Jhossueth Almeida, de la Función Ejecutiva.

Pero el bloque de mayoría, integrado por Marco Chalco, Carmen Atupaña, Janeth Ojeda, Melissa Cabrera, Lenin Uquillas y Nary Galarza, votó en contra.

El pasado 12 de septiembre, la comisión ciudadana aprobó el informe de calificación de méritos de 103 candidatos a ser contralor del Estado, y en él se resolvió hacer una nueva revisión de la carpeta de Guido Escobar Pérez, porque habría estado “sobrevalorada” al alcanzar 50/50.

La propuesta se aprobó por los comisionados de la ciudadanía y Galarza, quien se mostró indignada de que se habría hecho una calificación “deshonesta”, y tras la revisión le bajaron diez puntos a Escobar.

Quedaron en primer lugar, en la nota de méritos, Alejandra Vivanco Carrión, con 49,5/50, exfuncionaria de la Contraloría en el periodo de Carlos Pólit; y Juan Falconí Puig, con 47 puntos, exfuncionario entre 1990 y 2000 y exdiplomático en el gobierno de Rafael Correa.

Durante esa reunión, las comisionadas Maribel Baldeón y Eugenia García alertaron de vulneraciones y discriminación por esa acción y votaron en abstención.

En la motivación de su voto, Baldeón lamentó la actuación de una comisionada que representa a una función del Estado que está disuelta y que podría acarrear nulidades del proceso.

Por el momento, el concurso público para elegir a esta autoridad está suspendido por una medida cautelar en el trámite de una acción de protección que está en la Unidad Judicial de Bucay (Guayas), por el juez Jorge Medina.

La audiencia para sustanciarla está convocada para el próximo 26 de septiembre a las 11:00.

Fuente: El Universo

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