El próximo lunes 25 de septiembre el presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Alembert Vera, deberá participar en una audiencia pública, vía telemática, en la Corte Constitucional (CC), como parte de la fase de seguimiento que inició la Corte para verificar el cumplimiento del Dictamen 2-19-IC/19, que “blinda” las actuaciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social transitorio (CPCCS-t) creado en la consulta popular del 2018.
Además de Vera, la Corte citó a los demás consejeros del CPCCS definitivo: Nicole Bonifaz, vicepresidenta, Mishell Calvache, Andrés Fantoni, Johanna Verdezoto, Augusto Verduga y Yadira Salto. Así mismo fueron convocados el coordinador general de asesoría jurídica del Consejo, el subcoordinador nacional de control social del Consejo y el coordinador general administrativo financiero del organismo.
Y también deberá comparecer el juez Leiver Patricio Quimís, de la Unidad Judicial Multicompetente de Montecristi, quien acogió una acción de protección y dispuso al CPCCS que se conforme una veeduría ciudadana para vigilar, diagnosticar y evaluar las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del Consejo de Participación Ciudadana transitorio.
Convocar a la audiencia pública es el último de los nueve puntos resueltos por la Corte Constitucional, la noche del miércoles 13 de septiembre, con ocho votos a favor, entre los que se encuentra el voto concurrente del juez constitucional Enrique Herrería y con la ausencia por licencia de vacaciones del juez constitucional Richard Ortiz, informó la institución.
La decisión de la Corte surgió luego de recibir información solicitada a Alembert Vera, a la fiscal Diana Salazar y al juez Quimís sobre el cumplimiento del dictamen de 2019 y la conformación de la veeduría ciudadana. Además, la entidad receptó y analizó escritos emitidos por los consejeros Bonifáz, Calvache y Fantoni que cuestionaron el anuncio que hizo el titular del CPCCS llamando a inscripciones para formar la veeduría.
La primera disposición de la CC fue iniciar el seguimiento al dictamen “para verificar si las conductas” Alembert Vera, los demás consejeros del CPCCS, y el juez Quimís, “por acción u omisión, de forma directa o indirecta o por aquiescencia” podrían estar encaminadas a contravenir el dictamen de 2019.
En otros puntos, se dio un plazo de 72 horas al titular del Consejo de Participación Ciudadana para que se pronuncie sobre las afirmaciones de Nicole Bonifaz, Mishelle Calvache y Andrés Fantoni. Y que informe sobre el estado en que se encuentra el proceso para la conformación de la veeduría ciudadana.
Al coordinador general de asesoría jurídica del Consejo de Participación, Ismael Merizalde, se le ordenó remitir en 72 horas un informe pormenorizado individualizando de sus actuaciones en torno a la convocatoria a la veeduría ciudadana y la sentencia del juez de Montecristi que acogió la acción de protección.
Al subcoordinador nacional de control social, Gary Núñez, y a Fernando Armas, coordinador general administrativo financiero también se les requirió un informe sobre sus actuaciones realizadas a raíz de la sentencia del juez Quimís.
La consejera Yadira Saltos también tiene 72 horas para informar a la Corte sobre sobre el proceso de conformación de la veeduría y su participación directa o indirecta en el mismo.
Como sexto punto, la Corte Constitucional dispuso al pleno del Consejo de Participación Ciudadana que en el término de 72 horas remita un informe pormenorizado de sus actuaciones respecto del proceso llevado a cabo por la institución en contra de la fiscal general del Estado, Diana Salazar.
En cuanto al juez de Montecristi, la CC le dio 72 horas para que envíe el audio de la audiencia pública celebrada en la causa de la acción de protección, recursos que fue interpuesto por la ciudadana Betty Moreira Marcillo. Y, además, Quimís deberá informar el estado del proceso legal.
Voto concurrente de Enrique Herrería
El juez constitucional Enrique Herrería concluyó que dentro del expediente de la causa existen tres momentos que permiten a la Corte Constitucional adoptar una decisión.
El primero de esos momentos es el proceso que inició en junio de este año el CPCCS, con los votos de los consejeros Alembert Vera, Yadira Saltos y Augusto Verduga para revisar los méritos del concurso de selección y designación de la fiscal general Diana Salazar, llevado a cabo por el CPCCS-t.
El segundo momento tiene que ver con la sentencia del juez de Montecristi, emitida el 29 de agosto, en la cual aceptó la acción de protección que derivó en la orden de crear la veeduría ciudadana.
Y el tercer momento surgió de la ejecución de dicha sentencia por parte del Consejo de Participación definitivo al publicar el 1 de septiembre, en su página web el boletín de prensa en el cual se convocó públicamente a la ciudadanía a conformar la veeduría. Y que sobre esta convocatoria, el 4 de septiembre, el titular del CPCCS, manifestó que “se va a dar paso de forma inmediata a la conformación” de la veeduría.
Con estos argumentos, y otros, Enrique Herrería señaló que la Corte está habilitada para tomar una decisión respecto de la causa en análisis, “por lo que, no resultaba necesario requerir mayor información o convocar a una audiencia pública. Al contrario, debido a la gravedad y trascendencia de la cuestión que nos ocupa, esta Corte debía proceder con celeridad y resolver el mérito de la causa”, expuso el juez constitucional. (I)
Fuente: El Universo