¿Por qué el Consejo de Participación debe conformar una veeduría para evaluar al CPCCS transitorio?

Una acción de protección interpuesta por la ciudadana Betty Moreira Marcillo y que fue aceptada por el juez de Montecristi, Patricio Quimís Sornoza, provocó que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) sea notificado para conformar una veeduría ciudadana que vigile, diagnostique y evalúe las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del CPCCS transitorio, creado por la consulta popular de 2018 y que fue presidido por el ahora fallecido Julio César Trujillo.

Sin embargo, existe la sentencia 2-19-IC/19 de la Corte Constitucional que blindó los nombramientos del CPCCS transitorio no son susceptibles de revisión,

El dictamen que recibió el actual CPCCS y la convocatoria para esta veeduría, que empezó el 4 de septiembre y finaliza el 11, ha dividido a sus actuales miembros. Alembert Vera, presidente del actual Consejo, hizo la convocatoria para que se revisen “los atroces actos cometidos por el trujillato”, pero los consejeros Mishelle Calvache y Andrés Fantoni, dijeron que se apartaban de cualquier tipo de actuación o criterio que se realice sobre otras instituciones, al igual que la vicepresidenta Nicole Bonifaz, que dijo que la convocatoria la hizo Vera unilateralmente.

¿Qué dice la sentencia?

En la sentencia se menciona que se admitió la acción de protección presentada en apego a las competencias y atribuciones que tiene el CPCCS para ejecutar esta disposición y se dispone que dé el acompañamiento y supervisión técnica y asigne los recursos económicos necesarios, para garantizar la logística para el adecuado funcionamiento de la veeduría con sus integrantes.

En caso de no contar con fondos disponibles, incluso se dicta que se solicite al Ministerio de Finanzas la inmediata asignación de los mismos para su ejecución.

Asimismo, se previene a cualquier autoridad y al personal del CPCCS o de cualquier otra institución, para que se abstenga de realizar cualquier tipo de acto que impida la creación de las actividades de la veeduría ciudadana. Se advierten las sanciones respectivas por incumplimiento de esta disposición, a los miembros del Consejo de Participación.

Posturas ante la sentencia

  • La Fiscalía General del Estado e Israel Cedeño, director regional de la Procuraduría en Manabí, denunciaron, el 1 de septiembre, por el presunto delito de prevaricato al juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Montecristi Leiver Patricio Quimís Sornoza, quien el 24 de agosto acogió la acción de protección presentada por la ciudadana Betty Moreira Marcillo y dispuso al actual CPCCS conformar una veeduría para evaluar las actuaciones del CPCCS-transitorio.
  • La fiscal general del Estado, Diana Salazar, señaló a la Corte Constitucional, que hizo un pedido de información a través de su Secretaría Técnica Jurisdiccional, que lo actuado por el pleno del CPCCS actual contraviene las decisiones adoptadas por el transitorio y que no se está considerando que dichas decisiones no gozan de blindaje constitucional, -pese a que así se resolvió en el dictamen n.º 2-19-1C/19-, incluidas las que se relacionan con los procesos de selección y/o designación de autoridades que fueron evaluadas y reemplazadas por el CPCCS-t…”. La fiscal solicitó a la Corte “que se empleen todas las medidas adecuadas y pertinentes previstas en la Ley para evitar su incumplimiento”.
  • El presidente del CPCCS, Alembert Vera, remitió a la CC un oficio de 13 páginas, en las que señala que la veeduría fue solicitada “por la ciudadanía”, y que “no ha iniciado por iniciativa del pleno del Consejo, es decir, que su conformación bajo ningún concepto se trata de una decisión política y/o jurídica”. Hizo la consulta de si el consejo debe desacatar la sentencia del juez de primera instancia, además de solicitarle a la corte que “se señale día y hora para ser escuchados en audiencia”. (I)

Fuente: El Universo

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