El fiasco del Consejo Nacional Electoral (CNE) con el voto telemático ha metido al país en un problema cuyas consecuencias son de pronóstico reservado. Como por ejemplo que Guillermo Lasso termine gobernando por alrededor de quince días más de lo previsto luego de la muerte cruzada, o que por primera vez en la historia de la reciente democracia se elija a los legisladores en una segunda vuelta electoral. Es decir, todo un champús. Con el agravante de que ninguno de los miembros de ese organismo asume responsabilidades, ni nadie tiene la capacidad de fiscalizarlos.
Para comenzar, no existe ninguna ley que faculte al máximo organismo electoral a repetir los comicios por una falla en el sistema telemático, como decidió el CNE la noche del 25 de agosto. Esto, a pesar de que desde la perspectiva de la justicia se podría alegar que la decisión fue justa, porque más de la mitad de los votantes en el extranjero no pudieron ejercer su derecho por una falla tecnológica.
Pero el dilema de que sea justo o no es apenas una anécdota si el tema se lo ajusta a la legalidad. Para comenzar, los artículos 143 y 144 del Código de la Democracia establecen las causales para anular una votación y en ninguna de ellas se mencionan fallas en el sistema telemático. Además de que la Constitución establece que la elección de legisladores se realiza durante la primera vuelta electoral y no en el balotaje final.
Pero independientemente de la falta de norma jurídica que sostenga la decisión del CNE, la gravedad del problema también radica en las consecuencias. Para comenzar, hay dos claros beneficiados con la decisión del CNE: las candidaturas de la correísta Luisa González y de Daniel Noboa.
Como se prevé que estas elecciones se efectúen con la segunda vuelta electoral, lo más seguro es que la votación para los asambleístas del exterior vaya en forma mayoritaria a favor de las listas de estos dos. Eso, definitivamente, atenta contra los principios básicos de igualdad, puesto que las otras listas serán perjudicadas por culpa del CNE. Siempre quedará la duda de si la decisión fue concebida con la idea de aumentar el número de legisladores de González o de Noboa.
El que la elección de los asambleístas del exterior se haga en la segunda vuelta, como se prevé, también obliga a que se incumpla el calendario electoral: la Asamblea no puede instalarse para elegir sus autoridades y posesionar al nuevo presidente como establece la Constitución, hasta que los legisladores electos por los migrantes reciban sus credenciales. Estas únicamente podrán ser entregadas cuando también se las entregue al nuevo presidente y vicepresidente.
Y como la Constitución establece que hay diez días entre la instalación de la Asamblea y la posesión del nuevo mandatario, entonces la consecuencia es que Lasso gobernará entre 10 y 15 días más. ¿Grave? Puede ser, pero lo realmente grave es que por la decisión de anular las elecciones por un fallo que fue culpa del CNE, se destruyan las normas sin que nadie responda por ello.
Fuente: Expreso