1550X220

¿A quién le corresponderá asumir la presidencia de la próxima Asamblea Nacional, que estará en funciones hasta mayo del 2025?

No hay una hoja de ruta específica sobre los requisitos que debe cumplir quien asuma la presidencia y las dos vicepresidencias de la Asamblea Nacional, cuyas competencias son crear o reformar leyes y fiscalizar al poder, entre otras.

La Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa indican que la Asamblea Nacional designará a sus autoridades en la sesión inaugural de instalación.

Los tres asambleístas nacionales con mayor votación consolidada son los que dirigirán esta sesión en la dirección, subdirección y secretaría, en su orden, según el art. 10 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Según los resultados preliminares del Consejo Nacional Electoral (CNE), con el 94,5% de las actas escrutadas, los asambleístas nacionales con mayor votación consolidada son Pierina Correa, del movimiento de la Revolución Ciudadana (MRC), con 3′136.670 votos; Patricio Carrillo, del movimiento Construye, con 1′652.357 votos; y Valentina Centeno, de la alianza Acción Democrática Nacional (ADN), con 1′166.315 votos.

Los tres asumirán sus funciones, y el más votado, en este caso Pierina, deberá presidir la sesión, pero sus tareas culminarán con la posesión de las autoridades que sean electas.

La norma indica que los asambleístas presentarán candidaturas para cada una de las dignidades de entre los miembros del pleno, sin importar que sea asambleísta nacional, provincial o del exterior.

Para escoger a las autoridades se requiere una mayoría absoluta, que es el voto favorable de la mitad más uno de las y los asambleístas que integran la Asamblea Nacional.

En la sesión de instalación se deberá escoger a:

1. Presidenta o presidente

2. Primera vicepresidenta o vicepresidente

3. Segunda vicepresidenta o vicepresidente

4. Primer vocal

5. Segundo vocal

6. Tercer vocal

7. Cuarto vocal

Incluso los cargos de presidente y las dos vicepresidencias podrían ser ocupados por los miembros de una misma bancada u organización política, como ocurrió en el periodo de la Asamblea 2013-2017, cuando en estos puestos se designó a Gabriela Rivadeneira, Rosana Alvarado y Marcela Aguiñaga: las tres eran parte del en ese entonces movimiento PAIS, que hoy es MRC.

Los resultados preliminares para la conformación de la próxima Asamblea indican que ninguna organización política alcanzó la mayoría absoluta (la mitad más uno del total de miembros del Legislativo).

Como cada bancada debe tener un mínimo de catorce miembros, según la norma, se conformarían al menos tres hasta ahora que serían las que más acapararon el voto, según los resultados preliminares.

Estas son, sin contar los seis cupos de las representaciones del extranjero, de las cuales aún no se tienen resultados, MRC con 50 asambleístas, Construye con 28 legisladores y la alianza ADN con 14.

Al momento solo Construye ha oficializado su bancada en su perfil de x (Twitter).

Las candidaturas para los cargos deberían salir de las distintas bancadas, más aún si ninguna tiene una mayoría absoluta.

El art. 121 de la Constitución indica que se elegirá a “una Presidenta o Presidente y a dos Vicepresidentas o Vicepresidentes de entre sus miembros, para un período de dos años, y podrán ser reelegidos”.

Con respecto a los cuatro vocales se determina que estos sean elegidos por la Asamblea Nacional de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas legislativas.

En caso de existir más de cuatro bancadas legislativas, todas ellas podrán proponer candidatos de entre sus miembros. Los cuatro vocales serán elegidos por la mayoría absoluta de la Asamblea Nacional.

“En caso de no existir las bancadas legislativas suficientes para la designación de los cuatro Vocales antes referidos, éstas podrán nominar a cualquier integrante de la Asamblea Nacional, que no forme parte de una bancada legislativa ya representada en el Consejo de Administración Legislativa, para completar dicho Consejo”, señala el art. el art. 10 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. (I)

Fuente: El Universo

COMPARTIR ESTA NOTICIA

Facebook
Twitter

FACEBOOK

TWITTER


Warning: Undefined array key "feed_track" in /home/kchfm/public_html/wp-content/plugins/ultimate-twitter-feeds/includes/classes/Utfeed.php on line 61