La Comisión Especializada Ocasional que analizará el informe del presidente de la República, Daniel Noboa Azín, presentado el 24 de mayo de 2024, prevé sesionar máximo hasta el lunes 10 de junio luego de que no pudo reunirse este viernes 7 para elegir al presidente y vicepresidente entre los cinco legisladores que la conforman.

La mesa la integran José Luis Vallejo, de la Revolución Ciudadana; Cecilia Baltazar, de Pachakutik; María Fernanda Jiménez, de la bancada oficialista ADN; Jorge Peñafiel, de Construye; y Samuel Célleri del PSC.

Los dos últimos no pudieron conectarse a la sesión del viernes fijada para las 11:30 debido a problemas con sus agendas.

Los legisladores tienen 30 días de plazo para elaborar un informe y presentarlo ante el pleno de la Asamblea, estos vencen el 4 de julio, por lo que Peñafiel dijo a este Diario que la primera sesión es urgente para, luego de definir a sus autoridades, iniciar los pedidos de información respectivos a las diferentes instituciones para contrastar lo expuesto por el mandatario en su documento.

El informe que será sometido al análisis de los asambleístas es un documento PDF que contiene 90 páginas y no el discurso de 27 minutos que pronunció en el pleno el mes pasado. El texto está dividido en cinco partes y en la última se hace un seguimiento y evaluación al Plan Nacional de Desarrollo 2021-2025 y se desglosan los ejes: económico, social, seguridad, transición ecológica e institucional.

La proponente de la conformación de esta comisión fue la legisladora correísta Viviana Veloz, el pasado 4 de junio, bajo la premisa de que se debe fiscalizar al presidente Daniel Noboa sin temor.

Desde el Ejecutivo, el viceministro de Gobierno, Esteban Torres, ha manifestado que detrás de este control que realizarán podría existir la intención de impulsar un juicio político en contra del presidente Noboa utilizando su informe.

Pero los legisladores Peñafiel y Vallejo aseguran que la afirmación de Torres dista totalmente del control técnico que prevén realizar al documento y que es una práctica que se ha realizado en todos los gobiernos anteriores.

“El señor viceministro parece que no lee la Constitución, no hay causal posible para enjuiciar políticamente al presidente en base al incumplimiento de funciones. Las causales establecidades son solamente delitos contra la administración pública, delitos que se relacionan con lesa humanidad, traición a la patria, etc… y ninguna corresponde al incumplimiento de funciones. Son cucos que ven el mandatario y su viceministro, el trabajo de la comisión sera técnico”, dice Peñafiel.

Comisión asegura que se hará un control técnico al documento

Por su parte, Vallejo dice que es muy lejano que el control que se hará el informe pueda motivar un juicio político y comenta que la labor que hará la comisión es lo que ocurre con todo informe y más aún si viene del primer mandatario.

“Nosotros vamos a poner en la mesa lo que expuso y dijo el presidente con lo que tendremos una vez realizada la investigación. Una descripción de lo que tendremos y no un juicio de valor, es la misión fundamental que tenemos”, menciona.

Una vez que la mesa legislativa termine sus labores y se ponga en conocimiento del pleno el informe que elabores, los legisladores dicen que lo que corresponderá es realizar el debate y luego aprobar o no el documento que realicen los asambleístas.

Las afirmaciones que se han hecho desde el Ejecutivo, Peñafiel las considera distractores de lo que realmente le importa a la ciudadanía en este momento y reitera que no existe ninguna intención de impulsar sanciones contra el presidente.

“Nuestro informe tiene camino ser aprobado o no, no hay otro camino. La obligación tiene como obligación dejar claro si dice la verdad o dice mentiras”, indica.

Vallejo considera que lo que concluya la mesa legislativa más vale debe ser tomado por el Ejecutivo para hacer una retroalimentación y a la vez será ejemplo del cumplimiento del rol de fiscalización que la propia Asamblea tiene.

“La Asamblea no solo tiene la función de recibir el informe, no nos vamos quedar con eso y con la legitimidad que tenemos y nuestras competencias vamos a hacer la evaluación técnica de este informe. Las intenciones de juicio político no están plasmadas ni analizadas de esa manera”, subraya.

¿Qué dice la Constitución sobre el juicio político?

En el artículo 129 de la Constitución establece tres causales para que la Asamblea proceda al enjuiciamiento político de la presidenta o presidente, o de la vicepresidenta o vicepresidente de la República.

1. Por delitos contra la seguridad del Estado.

2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito.

3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia.

En tanto, el artículo 130 de la misma norma indica que la Asamblea Nacional podrá destituir a la presidenta o presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.

2. Por grave crisis política y conmoción interna.

Esta facultad, indica la Carta Magna, podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.

El actual periodo legislativo se derivó de la muerte cruzada y le resta menos de un año para completar el original 2021-2025. (I)